REGISTRO EN EL PADRON NACIONAL DE MEDIOS IMPRESOS (PNMI)
Para que un medio impreso circule legalmente en México debe contar con certificados vigentes de:
- Reserva de Derechos al Uso Exclusivo del Título, expedido por el Instituto Nacional del Derecho de Autor (INDAUTOR),
- Licitud de Título y Contenido, expedido por la Comisión Calificadora de Publicaciones y Revistas Ilustradas (CCPRI).
Requisitos de ingreso:
Documentos de consulta básica para la inscripción de un medio en el Padrón:
- ACUERDO por el que se establecen los Lineamientos Generales para el registro y autorización de las Estrategias y Programas de Comunicación Social y de Promoción y Publicidad de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal para el ejercicio fiscal 2024.
- Requisitos para la inscripción en el Padrón Nacional de Medios Impresos.
Descripción detallada de los documentos que se requieren entregar y los datos mínimos que deben incluir las certificaciones de circulación, distribución geográfica y perfil de la audiencia de los medios impresos interesados en registrarse en el PNMI. - Formato para solicitar el trámite de registro o actualización del medio.
- Formato de información básica del medio.
- Formato Carta protesta conforme a punto 6 de requisitos.
- Formato Carta protesta conforme a punto 7 de requisitos.
- Formato de carta compromiso que se debe entregar con el trámite de certificación (cobertura geográfica).
- Formato de carta compromiso que se debe entregar con el trámite de certificación (perfil del lector).
- Formato de carta compromiso renovación Reserva de Derechos al Uso Exclusivo de Título.
El texto se propone como una opción de carta con la que el medio asegura que no está vinculado con las empresas que realizan los estudios y la certificación, y autoriza que su información se haga pública en la página Web del Padrón.
Importante:
- Todos los trámites del PNMI son gratuitos.
- Una vez que un medio cumple con todos los requisitos, el periodo de ingreso/actualización al PNMI es de 5 días hábiles.
- Los trámites únicamente podrán ser realizados por un/a representante acreditado/a por el medio impreso.